“...Por otra parte, en el apartado de consideraciones legales, manifiesta el recurrente que: “Entonces al CASAR LA SENTENCIA RECURRIDA el tribunal debe considerar que efectivamente la elección de la norma jurídica fue errónea, hay violación, aplicación indebida e interpretación errónea de la ley...”. De la transcrito se concluye que esta Cámara se ve imposibilitada de entrar a analizar el submotivo planteado, no solo por la falta de congruencia en su exposición, sino por lo contradictorio de su planteamiento; ya que no es procedente denunciar, respecto a un mismo artículo, las infracciones reguladas en el inciso 1º del artículo 621 del Código Procesal Civil y Mercantil, ya que las mismas son excluyentes entre sí...”